Maniatar al Parlamento

La llamada función de orientación política es una función esencial del Parlamento, aunque es evidente que en ella participa también el Gobierno. Muy vinculada a la función de control, de la que en sentido amplio forma parte, permite a las cámaras parlamentarias posicionarse sobre asuntos de relevancia política, señalar objetivos del Estado y marcar pautas de actuación para el Gobierno, cuya legitimidad, en un sistema parlamentario, nace y permanece siempre unida a esa confianza parlamentaria.

Esta función se lleva a cabo a través de diversos instrumentos, cuya denominación varía: proposiciones no de ley, mociones, resoluciones, etc. Ninguno de ellos tiene un efecto vinculante para el Gobierno, pero su aprobación puede tener una notable trascendencia política.

Obviamente, como toda actuación de un poder constituido, tiene sus límites en la Constitución, por lo que no toda resolución aprobada sería necesariamente conforme a ella. Sin embargo, su ámbito material y sus posibles objetivos se han interpretado tradicionalmente con flexibilidad. Así, por ejemplo, algunas asambleas autonómicas han utilizado estos instrumentos para tratar de incidir en la acción del Estado.

En todo caso, dado que estas resoluciones no son vinculantes y pretenden señalar objetivos o líneas de actuación para el Gobierno, no cabe sostener que no puedan aprobarse resoluciones orientadas a influir en el ejercicio de las funciones gubernamentales o a pronunciarse sobre aspectos que forman parte de su ámbito competencial.

Por poner un ejemplo, a través de esta vía se han aprobado numerosas resoluciones de reprobación de ministros concretos. Y aunque en nuestro sistema no existen formalmente mociones de reprobación individual dirigidas contra ministros, este tipo de resoluciones ha servido en ocasiones para expresar el rechazo explícito de la cámara.

Después, naturalmente, el presidente del Gobierno ha actuado como ha considerado conveniente, que en los ejemplos mencionados ha sido siempre mantener al ministro reprobado en su cargo, ya que solo él puede cesarlo.

Así las cosas, resulta incomprensible y, a mi juicio, totalmente rechazable que la mayoría de la Mesa del Congreso —que desde hace tiempo, por cierto, ya no refleja la mayoría existente en la cámara— se haya negado a tramitar una propuesta que instaba al presidente del Gobierno a disolver las Cortes y convocar elecciones.

Esa resolución se habría aprobado casi con total seguridad y, aunque no habría vinculado jurídicamente al presidente, sí habría formalizado algo que ya casi nadie discute: que desde hace tiempo el Gobierno no cuenta con la confianza política de la cámara, aunque esta no pueda forzar un mecanismo para expresarlo mediante una cuestión de confianza, ni sea capaz de articular una mayoría alternativa mediante una moción de censura.

Es muy lamentable la situación política de esta legislatura. Pero, en todo caso, el legítimo posicionamiento de la cámara que la Mesa —actuando, según esta interpretación, al servicio del Gobierno— ha impedido expresar, no habría hecho sino manifestar algo que para muchos resulta hoy evidente.