La inconstitucionalidad del Cielo
Vaya por delante que, en mi humilde opinión, la Iglesia Católica debería tener un criterio uniforme y claro sobre el asunto de la confesión y comunión de ciertas personas como las parejas no casadas pero notoriamente convivientes, con independencia de su género y orientación sexual, porque en estas y otras situaciones me da la sensación de que la decisión depende en cada caso del cura que toque, que puede tener un criterio más o menos abierto. Cuando estas personas quieren confesar y comulgar es porque tienen fe, y esa negativa, aunque responda a cierta lógica, puede resultar discutible desde muchas perspectivas, ya que se supone que todo pecado es digno de perdón, aunque se vuelva a caer más o menos de inmediato. Y son entendibles y tristes los graves problemas de conciencia que puede implicar esa negativa. Pero dicho esto… creo que el Derecho Constitucional poco tiene que decir sobre los criterios que siga la Iglesia en este punto.
No se trata aquí de la cuestión de la admisión en una asociación o entidad privada (que podría resultar discriminatoria en algunas circunstancias), sino de reglas sobre prácticas internas que se supone deben aceptar quienes, de forma inequívocamente voluntaria, son ya miembros de la entidad, de la que pueden salir si lo desean. Así que creo que es un poco raro eso de que la ministra constitucionalista públicamente, y como ministra, inste a una pareja afectada por esa negativa a la comunión a impugnar esa decisión por la vía judicial y llegar hasta el recurso de amparo constitucional para que el Tribunal Constitucional -seguramente siguiendo u “obedeciendo” el criterio de esta preclara colega- les ampare y obligue a la Iglesia a darles la comunión. Si este razonamiento es cierto, la misma lógica podría llevarnos a cuestionar cualquiera de los dogmas de la Iglesia, y muy especialmente su doctrina respecto al acceso al Cielo, que es como decir a la vida eterna. San Pedro, poseedor según la tradición de las llaves del paraíso, no puede abrir las puertas de este según criterios que pudieran resultar contrarios a los valores constitucionales, y muy especialmente a la igualdad. Nada de que “doctores tiene la Santa Madre Iglesia”, sino que más doctores tiene el Derecho Constitucional, y algunos de ellos están metidos en el Gobierno y creo que les escucharemos sostener, con la misma lógica de lo que ya hemos oído, que el mismo Dios en el Juicio Final ha de estar sometido, inexcusablemente, al más alto rango de la norma fundamental, y que en consecuencia el Cielo puede resultar inconstitucional por discriminatorio. Y esto sin entrar en su notorio incumplimiento de los principios procesales del derecho a la tutela judicial efectiva, aspecto que desarrollé hace ya muchos años…