Familias multiespecie
La reciente entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, que lleva a cabo diversas reformas legales en el régimen jurídico de los animales, supone el primer paso en un cambio de paradigma que resultaba ya necesario y urgente, como es el de la consideración de los animales no como meros objetos susceptibles de apropiación, sino como “seres vivos dotados de sensibilidad”, que es, a todas luces, lo que realmente son, al igual que nosotros, los seres humanos, que no dejamos de ser otra especie animal. Ya dediqué uno de estos comentarios a ese concepto, que obviamente tendrá consecuencias más o menos intensas sobre los diversos tipos de especies animales, porque en el mundo del derecho son muchos los principios que hay que considerar, entre otros la diversa relación de los animales con los humanos, las consecuencias que su desarrollo puede implicar, o su distinto valor desde la perspectiva de preservación de las especies y del medio ambiente. Dicho esto, creo que esta es la línea, y hay ya textos de lo que pueden ser futuras reformas legales que pueden ir más allá, como el Anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales que, con independencia de la mayor o menor adecuación de la utilización del término “derechos” -que por muchas razones solo en sentido figurado sería aplicable a los animales- puede suponer avances significativos.
Desde luego, este necesario cambio de consideración implicará diversas modificaciones, que conllevarán para los seres humanos nuevos derechos y obligaciones, así como cambios que van más allá del ámbito estricto de los animales. Así, por ejemplo, desde hace tiempo algún tiempo se viene hablando de “familias multiespecie” que serían aquellas que engloban a humanos y a animales de compañía. A quien le parezca exagerada la idea, que piense que, por ejemplo, el nombre científico del perro ha sido siempre “canis familiaris”, aunque ahora incluso se dice que es “canis lupus familiaris”, una buena prueba de que muchas veces en el mundo de los seres vivos la capacidad de adaptación supera a la fuerza de los genes… Y es que la consideración de algunos familiares como miembros de la familia es una realidad en muchos casos, lo cual no significa ni que tengan los mismos derechos que los humanos, ni que yo vaya a pedir me dejen entrar con mi caballo -si lo tuviera- al restaurante, pero sí que creo que en este país muchas cosas deben cambiar para que tanto los poderes públicos como otros ciudadanos acepten las consecuencias de esta idea “natural” de la consideración familiar de ciertos animales…