Ley Fundamental de Bonn

75 años de la Ley Fundamental de Bonn

El 24 de mayo de 2024 se cumplen exactamente 75 años de la promulgación de la Ley Fundamental de Bonn. Es, sin duda, un hito en la historia del constitucionalismo, aunque su trascendencia no deja de resultar en parte paradójica si tenemos en cuenta las peculiaridades de su proceso de aprobación. Este estaría hoy bastante alejado de los parámetros de legitimidad democrática: no encontramos un proceso constituyente protagonizado por un órgano claramente democrático y ratificado por el pueblo, sino más bien de una redacción llevada a cabo por el Consejo Parlamentario, compuesto por miembros nombrados por los Länder, pero en un proceso controlado por las potencias que ocupaban la Alemania occidental tras la Segunda Guerra Mundial; y de hecho el texto fue también ratificado por los gobernadores militares. Era tan evidente que ese texto no podía ser, desde esa perspectiva, una verdadera Constitución (Verfassung) que fue denominado Ley Fundamental (Grundgesetz), y de hecho su último artículo proclamaba que perdería su vigencia el día que entrase en vigor una Constitución adoptada en libre decisión por todo el pueblo alemán. Pero ni siquiera la reunificación supuso la aplicación de ese precepto, ya que esta, jurídicamente, fue una incorporación de los territorios del este al sistema constitucional de la República Federal Alemana, que siguió esencialmente vigente con una reforma (pero no sustitución) de la Ley Fundamental de Bonn (que por cierto ahora proclama en ese último artículo su validez para todo el pueblo alemán, pero sigue previendo la posibilidad de sustitución por una Constitución adoptada por dicho pueblo).  Así que este texto se mantiene en esencia y constituye un ejemplo prodigioso o casi milagroso de pervivencia de una norma suprema.

 

Porque más importante que lo anterior es que materialmente estamos, sin duda, no solo ante una Constitución, sino ante el modelo más relevante para todas las constituciones posteriores de occidente y, también inequívocamente, para la Constitución española de 1978. Su carácter innovador es sorprendente, y también es notable su empeño por proclamar y defender los valores democráticos y los derechos, tratando de evitar la perversión en la que cayó la anterior Constitución de Weimar mediante la construcción de una “democracia militante”. Por primera vez encontramos la enfática proclamación de la intangibilidad de la dignidad humana o la idea del Estado social y democrático de Derecho, entre otras, y el texto también se ha convertido en un gran modelo en cuestiones como federalismo, justicia constitucional, o esa vertiente del parlamentarismo que se ha dado en llamar “racionalizado”. Un verdadero texto fundamental, que se mantiene muy vivo y como referencia insoslayable después de tres cuartos de siglo.

Fuente de la imagen: https://elordenmundial.com/